Quién puede votar y dónde votar
En las elecciones al Parlamento Vasco pueden votar todas las personas vascas mayores de edad inscritas en el censo electoral, tanto de residentes en Euskadi como de residentes en el extranjero.
No pueden votar las personas condenadas por sentencia judicial firme a pena de privación del derecho de sufragio.
- Tener la condición política de vasca o vasco, es decir, tener la vecindad en cualquier municipio del País Vasco.
- Ser mayor de edad el día de la votación.
- Tener nacionalidad española.
- Figurar en el censo electoral del País Vasco vigente en cada elección al Parlamento Vasco.
Sí, siempre y cuando estés inscrito en el censo electoral.
No. El voto es un derecho y es totalmente libre. Nadie puede obligarte a votar ni influir en tu decisión o en el sentido de tu voto.
No. El voto es personal y no puede delegarse.
Si eres una persona con alguna enfermedad o discapacidad que te impide hacer personalmente los trámites para votar por correo, hay una modalidad de voto accesible. Consiste en que autorices a otra persona notarialmente para que haga la solicitud y el envío del voto por correo en tu nombre.
Puedes votar de forma presencial en tu mesa electoral o por correo.
El voto por correo tiene diferentes modalidades:
- Desde España.
- Desde el extranjero para residentes temporales o permanentes.
- Para personal embarcado.
- Para personas internas en centros penitenciarios.
Puedes consultarlos de tres formas:
- De forma presencial, en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral o en tu ayuntamiento, presentando tu DNI, pasaporte o permiso de conducción.
- Por teléfono, llamando a la Oficina del Censo Electoral.
- Por internet, a través de la página web del Instituto Nacional de Estadística (ine.es).
Cada Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, pero la propuesta la hacen los ayuntamientos.
El local o colegio electoral y la mesa en la que te corresponde votar se asignan según tu domicilio y tu inscripción en el censo electoral. Puedes consultar esta información en la tarjeta censal que recibes en tu domicilio o a través del trámite electrónico que pone a tu disposición la Oficina del Censo Electoral.