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    Otras modalidades de voto

    Hay una modalidad especial de voto por correo, pero para utilizarlo tienes que cumplir los siguientes requisitos:

    • Ser tripulante de la Armada, de la marina mercante o de la flota pesquera de altura en un barco abanderado en España.
    • Estar embarcada o embarcado desde la convocatoria de las elecciones hasta el día de la votación.
    • Tocar puerto previamente conocido en territorio español en ese periodo.

     Qué tienes que hacer:

    • Hacer la solicitud de voto por correo a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral desde el barco. La forma de hacer la solicitud es mediante un mensaje a través de radiotelegrafía, correo electrónico o fax.
    • Recoger la documentación para votar en el puerto, armadora o armador o buque que has indicado en la solicitud.
    • Enviar el voto por correo certificado y urgente a la mesa electoral desde una oficina de Correos cuando el buque atraque en cualquier puerto del Estado.

    Hay una modalidad especial de voto por correo, pero para utilizarlo tienes que cumplir los siguientes requisitos:

    • Permanecer en prisión desde la convocatoria de las elecciones hasta el día de la votación.
    • No estar privada del derecho de sufragio activo.

     Qué tienes que hacer:

    • Rellenar y firmar el impreso de solicitud de voto por correo que el personal de Correos lleva a la prisión a petición de la Dirección del centro penitenciario.
    • Identificarte y entregar la solicitud al personal de Correos.
    • Identificarte y recoger la documentación para votar cuando el personal de Correos vuelve a la prisión para repartir los envíos entre las personas solicitantes.
    • Preparar el voto y entregárselo al personal de Correos para que el día de la votación lo lleve a la mesa electoral correspondiente.