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    Conócenos

    El servicio de Procesos Electorales está integrado actualmente en la Dirección de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco y tiene como función principal la de organizar las elecciones al Parlamento Vasco.

    El artículo 16.2 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco  confiere al Departamento de Seguridad (antes Departamento de Interior) la competencia en materia electoral y enumera las funciones de apoyo al proceso electoral que debe realizar.

    Asimismo, las competencias de la Dirección de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales están recogidas en el artículo 19.4 del Decreto 318/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad:

    “Artículo 19.4.– En el ámbito de la gestión de los procesos electorales le corresponde:

    • Planificar, gestionar y coordinar el desarrollo del proceso electoral al Parlamento Vasco dentro de las atribuciones conferidas al Departamento de Seguridad por la ley electoral, salvo aquellas reservadas al Consejero o Consejera.
    • Impulsar la modernización de tales procesos electorales y hacer seguimiento de otros con incidencia en la representación política de la ciudadanía vasca.
    • Proponer la distribución y la gestión de las cuantías de las subvenciones anuales por funcionamiento de los partidos políticos que, en su caso, procedan conforme a la legislación vigente.
    • Planificar y gestionar la realización de referendos y consultas”.