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    Elecciones Parlamento Vasco 2024. Electorado. ¿Cómo votar? Voto de personas embarcadas

    ¿Quiénes pueden votar?

    Puedes utilizar esta modalidad especial de voto por correo si:

    • Estás inscrito o inscrita en el Censo Electoral de Residentes (CER) en un municipio de Euskadi.
    • Eres tripulante de un buque de la Armada, marina mercante o flota pesquera de altura abanderado en España.
    • Permaneces embarcado o embarcada desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración.
    • Tocas puerto previamente conocido en territorio español en ese periodo.

    ¿Cómo hago la solicitud?

    Debes realizar la solicitud de voto desde el barco mediante un mensaje a través de radiotelegrafía, correo electrónico o fax, en el que se solicita a la Oficina del Censo Electoral (OCE) en la que figuras el envío del certificado de inscripción en el censo y de la documentación para votar.

    El mensaje debe contener:

    • nombre y dos apellidos
    • número del DNI
    • fecha de nacimiento
    • provincia y municipio de nacimiento
    • municipio de residencia que figura en el censo
    • calle y número de tu domicilio
    • nombre del buque 
    • puerto o puertos en que tengas prevista su arribada el buque, con indicación de las fechas
    • si puedes recibir la documentación electoral por medio de otro buque, indica el armador o armadora, la consignataria o el buque donde debe ser enviada.

    El plazo para realizar la solicitud es: desde el 27 de febrero al 11 de abril.

    ¿Cómo envío mi voto?

     La Oficina del Censo Electoral (OCE) anotará en el Censo Electoral que vas a utilizar esta modalidad de voto. De este modo, no podrás votar presencialmente en la mesa electoral.

     A continuación, la OCE le envía (del 1 al 14 de abril) al puerto, al armador o armadora o al buque que has indicado en la solicitud la siguiente documentación:

    • hoja de instrucciones
    • papeletas de votación 
    • sobre de votación 
    • sobre con la mención «Sr. presidente o Sra. presidenta de la mesa electoral»

     Una vez recogida personalmente esa documentación, debes seguir los siguientes pasos:

    1. Elegir la papeleta de la candidatura
    2. Introducir la papeleta en el sobre de votación
    3. Introducir en el sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral:
      1. el sobre de votación
      2. el certificado de inscripción en el censo
    4. Cuando el buque atraque en cualquier puerto del Estado, dirígete a una oficina de Correos para enviar el sobre por correo certificado y urgente. El sobre no necesita franqueo.

    El último día de plazo para enviarlo es el 18 de abril (ampliado por acuerdo del 3 de abril de la JECA). Te recomendamos que lo hagas lo antes posible para asegurar que lo reciben dentro de plazo.

    Más información en el RD 605/1999.