Electorado
El Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco dispone de un servicio de transporte gratuito para acudir a votar en las elecciones al Parlamento Vasco.
Las personas interesadas pueden llamar hasta el 16 de abril a los siguientes teléfonos de la centralita:
DYA
- 943 46 46 22
- 902 46 46 22
Quién puede solicitar el voto Braille
El procedimiento de voto accesible en las elecciones al Parlamento Vasco lo pueden solicitar personas que conozcan el sistema Braille y, además:
-
Tengan una discapacidad visual igual o superior al 33% o
-
Sean afiliadas a la ONCE.
Solicitud
Se solicita mediante una llamada al teléfono gratuito 012 del 27 de febrero al 25 de marzo.
Se deben facilitar los siguientes datos: nombre y apellidos, domicilio, número de DNI y un teléfono de contacto.
El kit con la documentación se puede obtener de dos maneras:
-
Con la antelación suficiente en el domicilio.
-
Y también el día de la votación en la mesa electoral identificándose con documento acreditativo.
Votación
El kit de votación consta de:
-
Las instrucciones en Braille sobre cómo utilizar la documentación que contiene.
-
Un sobre de votación normalizado.
-
Un sobre grande que incluye otros sobres más pequeños. Cada sobre pequeño contiene la papeleta de una candidatura. Para que la persona electora pueda identificar la papeleta que quiere meter en el sobre de votación normalizado, en la parte exterior de cada sobre pequeño aparece en Braille el nombre de la candidatura de la papeleta que contiene.
Si se ha solicitado el envío del kit al domicilio, es posible preparar el voto en casa antes de ir a votar.
Si no se ha solicitado el envío del kit al domicilio o, aun solicitándolo, no se ha utilizado, el día de votación hay que:
-
Identificarse ante la mesa que, tras comprobar que se hizo la solicitud, entrega el kit de votación.
-
Dirigirse al espacio habilitado para utilizar la documentación en privado.
-
Meter la papeleta elegida en el sobre de votación normalizado.
-
Volver a la mesa, mostrar el documento de identificación e introducir el sobre de votación con la papeleta en la urna.
-
Recoger el resto de las papeletas de votación del kit para asegurar el secreto del voto.
Voto presencial
Los electores y electoras que no sepan leer o que por discapacidad no puedan elegir la papeleta y/o colocarla dentro del sobre, pueden recibir ayuda de una persona de su confianza o de algún medio material para votar en la mesa electoral.
Voto por correo
El plazo para solicitar el voto es del 27 de febrero al 11 de abril.
-
Autorización notarial
Si el elector o electora tiene alguna enfermedad o incapacidad que le impide hacer los trámites del voto por correo, puede autorizar notarialmente a otra persona para que actúe como su representante.
Documentación que hay que entregar en la notaría:
-
DNI del elector o electora (no vale fotocopia).
-
DNI de la persona autorizada (no vale fotocopia).
-
Certificado médico oficial en nombre de la persona electora que acredite que no puede acudir personalmente a Correos.
-
Impreso de solicitud del voto por correo que contiene:
-
Datos de la persona electora.
-
Dirección para el envío de la documentación.
-
Datos de la persona autorizada.
-
Firma de la persona autorizada.
El notario o notaria se desplaza al lugar donde se encuentra la persona electora (su casa, una residencia, el hospital…) y extiende un poder notarial a favor de la persona autorizada. Este trámite es gratuito.
La persona autorizada solo puede representar a un elector o electora.
-
Trámites para votar por correo
La persona autorizada acude personalmente a la oficina de Correos con:
-
El impreso de solicitud del voto por correo (cumplimentado y firmado).
-
El poder notarial.
-
Su DNI.
El personal de Correos comprueba que la firma de la persona autorizada que aparece en el impreso de solicitud del voto por correo coincide con la del DNI.
La Oficina del Censo Electoral envía por correo certificado, entre los días 1 y 14 de abril, a la dirección indicada en la solicitud:
-
Certificado de inscripción en el censo.
-
Sobre dirigido a la presidencia de la mesa.
-
Sobre de votación.
-
Una papeleta de cada candidatura.
-
Hoja de instrucciones.
Cuando recibe la documentación debe:
-
Elegir la papeleta de la candidatura a la que se quiere votar.
-
Introducir la papeleta en el sobre de votación y cerrarlo.
-
Introducir el sobre de votación con la papeleta y el certificado de inscripción censal en el sobre dirigido a la presidencia de la mesa y cerrarlo.
Posteriormente, la persona autorizada acude personalmente a la oficina de Correos con:
-
El poder notarial.
-
Su DNI.
-
El sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral.
El último día para enviarlo es el 18 de abril (ampliado por acuerdo del 3 de abril de la JECA). Se recomienda hacerlo lo antes posible para asegurar que se recibe en plazo.